El modelo 425 es una declaración que recoge las operaciones del IGIC de todo el año.
Los autónomos y empresas que residen en las Islas Canarias deben declarar cada trimestre el IGIC, que es el impuesto general indirecto de Canarias.
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¿Quién Lo Debe De Presentar? Modelo 425
Todos los autónomos y empresarios que vivan en las Islas Canarias están obligados a liquidar el IGIC cada tres meses con el modelo 420 y el 425 cada año.
El modelo 425 al ser recapitulativo anual, se debe presentar al haber presentado en algún trimestre algunos de estos modelos:
- 420
- 410
- 411
- 418
- 419
- 421
Modelo 425 ¿Cuándo Se Debe De Presentar?
El modelo 425 se presenta una vez al año, al finalizar el año fiscal. Entre el 1 y el 30 de enero de cada año.
¿Qué Información Se Debe De Poner?
El modelo 425 al ser un modelo informativo debe contener toda la información tributaria del IGIC de las operaciones realizadas en todo el año.
La información sería la siguiente:
- Base imponible de todas las operaciones del año.
- Tipo de IGIC aplicado.
- Cuota tributaria de las operaciones.
Debe constar todas las deducciones realizadas del IGIC del año de todas las compras.
Descargar Modelo 425
Puedes descargar el modelo 425 desde la página web de Hacienda del Gobierno de Canarias haciendo clic aquí.
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